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La CIDH abre el caso de una comunidad Mapuche por la demora del Estado en el relevamiento territorial

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió abrir el caso número 14.041 perteneciente a la comunidad mapuche Paichil Antriao, de Villa La Angostura. El eje del conflicto radica en la parálisis del relevamiento territorial contemplado en la Ley 26.160 para la posterior entrega de un título de propiedad comunitaria de esos territorios.

En un giro significativo para los conflictos de tierras en la zona andina de Neuquén, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió abrir el caso número 14.041 perteneciente a la comunidad mapuche Paichil Antriao, de Villa La Angostura. La medida implica que el organismo internacional resolverá de manera conjunta la admisibilidad y el fondo de la cuestión, una decisión motivada por la falta de respuestas del Estado argentino ante los requerimientos previos y el prolongado tiempo transcurrido desde la denuncia original.

El abogado de la comunidad, Virgilio Sánchez, explicó en diálogo con Radio UNCo CALF que esta apertura representa un fuerte indicio de una futura sanción al Estado nacional. Según el letrado, la CIDH suele propiciar una “solución amistosa” antes de dictar sentencia, la cual consistiría en el reconocimiento formal del territorio comunitario. “La Comisión no abre un caso para rechazarlo; cuando decide abrirlo, en toda la casuística que hemos tenido, ha terminado sancionando al Estado por incumplimiento”, señaló Sánchez, resaltando que la comunidad ya cuenta con una medida cautelar vigente para acceder a su centro ceremonial (rewe) en tierras linderas a propiedades pertenecientes a una persona de alto perfil mediático.

El eje del conflicto radica en la parálisis del relevamiento territorial contemplado en la Ley 26.160. A pesar de que los trabajos de campo, antropología y planimetría están finalizados, la resolución administrativa permanece frenada en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Ante esta situación, la defensa de la comunidad ha iniciado paralelamente un amparo por mora en la Justicia Federal de Zapala. Esta acción judicial busca obligar al Estado a emitir el acto administrativo final en un plazo perentorio de cinco días, considerando que la intervención de la CIDH ratifica la inexistencia de motivos válidos para continuar con la dilación de la carpeta técnica.

 

Publicado en Universidad Calf 

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