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La implementación de juicios por jurados civiles abrió una nueva grieta entre los jueces del Superior Tribunal

Una mayoría del Superior Tribunal de Justicia del Chaco desestimó dos pedidos para implementar experiencias piloto de juicios por jurados en causas civiles y comerciales. Emilia Valle y Víctor del Río votaron en disidencia y sostuvieron que existen condiciones para comenzar con una implementación progresiva. La discusión volvió a exponer diferencias internas dentro de la máxima instancia judicial de la provincia.

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco resolvió, por mayoría, que por el momento no resulta factible aplicar el sistema de juicio por jurados en dos causas civiles y comerciales que habían sido propuestas para una experiencia piloto. La decisión generó una nueva grieta dentro del máximo tribunal provincial: Emilia Valle y Víctor del Río votaron en disidencia y plantearon que el proceso de implementación debe comenzar.

La resolución, a la que tuvo acceso LITIGIO, fue dictada el pasado 8 de septiembre, en el marco de la actuación simple N°157/26. Uno de los pedidos había sido formulado por la jueza María Eugenia Barranco Cortes, del Juzgado Civil y Comercial 4 de Resistencia, quien había solicitado en diciembre pasado autorización para realizar una experiencia piloto y propuso dos causas sobre responsabilidad civil extracontractual. A su vez, el Juzgado Civil y Comercial 1 remitió una demanda correspondiente a un juicio por un accidente de tránsito en el que las partes solicitaron la aplicación del juicio por jurados.

El voto mayoritario de los ministros Iride Grillo, Enrique Varela y Mario Modi reconoció que las causas propuestas encuadran, en principio, dentro de los supuestos previstos por la Ley 3325-B para la utilización del juicio por jurados en materia civil y comercial.

La norma contempla, entre otros casos, aquellos destinados a determinar responsabilidad civil extracontractual (es decir, cuando una persona causa un daño a otra sin que exista una relación contractual previa) y establece un umbral económico para su procedencia. Sin embargo, consideraron que eso no alcanza para habilitar automáticamente un juicio por jurados.

La ley establece una implementación progresiva y le otorga al Superior Tribunal de Justicia la decisión definitiva sobre la selección de los casos, a partir de parámetros como su relevancia social, política y económica, su posible incidencia en otros casos, las condiciones institucionales, humanas y materiales disponibles, la importancia de su tratamiento público y el compromiso de los distintos actores con el sistema.

Al analizar los expedientes concretos, la mayoría entendió que esos parámetros no estaban suficientemente configurados. También sostuvo que la implementación requiere capacitación y sensibilización de magistrados, funcionarios, personal judicial y auxiliares, además de condiciones operativas adecuadas.

Por esas razones concluyó que “el juicio por jurados no resulta actualmente factible en los casos propuestos”. La resolución fue finalmente aprobada por mayoría y comunicó a las magistradas de los juzgados Civil y Comercial 1 y 4 que no resultaba factible avanzar con los casos propuestos.

“El proceso debe comenzar”

La posición de Valle y Del Río fue sustancialmente diferente. Ambos magistrados, quienes disertaron el mes pasado sobre la temática del juicio por jurados en las XIX Jornadas de Derecho Judicial realizadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejaron asentado expresamente que disentían con la valoración realizada por la mayoría.

Para ellos, los casos propuestos reúnen las condiciones previstas por el artículo 64 de la Ley 3325-B y existen condiciones para avanzar con la implementación progresiva del juicio por jurados en materia civil y comercial.

Uno de los principales argumentos de la disidencia es que las causas están vinculadas con siniestros viales con consecuencias fatales, una problemática que, según plantearon, excede el interés particular de las partes y presenta una relevancia social concreta.

Los jueces citaron incluso estadísticas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial correspondientes a 2025, según las cuales Chaco registró 185 víctimas fatales y se ubicó entre las provincias con mayor tasa de mortalidad por siniestros viales.

Para Valle y Del Río, la reiteración de conflictos de responsabilidad civil derivados de estos hechos y su incidencia en casos similares resultan suficientes para considerar cumplido el requisito de relevancia social previsto por la ley.

Pero la diferencia no se limitó a la valoración de esas dos causas. La disidencia plantea una discusión institucional más profunda sobre la implementación del sistema.

Presupuesto y organización

Valle y Del Río rechazaron expresamente que las razones presupuestarias u organizativas puedan constituir un obstáculo para avanzar con el juicio por jurados civil. Para fundamentar su posición recurrieron a la experiencia acumulada por la Justicia chaqueña con los juicios por jurados en materia penal.

Según su voto, los argumentos vinculados con la falta de capacitación, organización y presupuesto también habían sido utilizados anteriormente para cuestionar la implementación del juicio por jurados penal. Sin embargo, sostuvieron que esa experiencia terminó demostrando la viabilidad del sistema.

La disidencia señala que ya se realizaron 97 juicios por jurados penales y que el sistema representa, según los datos consignados en la resolución, el 0,15% del presupuesto total del Poder Judicial. También destaca que la experiencia permitió consolidar capacidades organizativas y que los costos de una implementación gradual resultaron razonables y previsibles.

En esa línea, Valle y Del Río sostuvieron que la experiencia penal demuestra que ya no resulta suficiente invocar razones presupuestarias u organizativas para postergar la implementación civil.

Con estructura

Otro de los puntos centrales del voto minoritario es que el Poder Judicial chaqueño ya cuenta con infraestructura y estructura organizativa para comenzar.

La resolución señala que las seis circunscripciones judiciales disponen de espacios para realizar debates con jurados, mientras que existe una Oficina Judicial Central de Juicio por Jurados con asiento en Resistencia y delegaciones en las distintas circunscripciones. También menciona la existencia de una lista oficial anual de jurados, salas de audiencias y operadores judiciales con experiencia en la administración del sistema. Para los jueces disidentes, esa experiencia podría ser adaptada al fuero civil mediante una implementación gradual.

La propia Ley 3325-B, remarcaron, permite avanzar progresivamente, incluso comenzando en una circunscripción judicial determinada o con determinados tipos de procesos. En el fuero penal, recordaron, la implementación comenzó en 2019 en la Primera Circunscripción y luego se extendió al resto de la provincia entre 2022 y 2023.

La disidencia no se limitó a cuestionar la decisión de la mayoría. Valle y Del Río propusieron una hoja de ruta concreta para poner en marcha el sistema.  Plantearon iniciar un proceso de capacitación y talleres destinados al fuero civil y comercial a través del Centro de Estudios Judiciales, fijar una fecha para comenzar la implementación una vez finalizada esa capacitación y adoptar un esquema similar al utilizado para la puesta en funcionamiento del juicio por jurados penal. También solicitaron que se contemplen en el presupuesto las partidas necesarias para la implementación.

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