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La Justicia que muerde a los descalzos: cuatro años de prisión para una mujer por transportar 2 kilos de droga

Una mujer de Orán (Salta), vendedora ambulante y sostén de su hija y de su padre enfermo, fue condenada por el Tribunal Oral Federal de Resistencia a cuatro años de prisión por transportar cocaína en el cuerpo. La cumplirá en modalidad domiciliaria. El mismo día, el mismo tribunal condenó al “clan Sosa” a penas máximas de 7 años por lavar dinero del narcotráfico durante al menos 13 años. La sentencia cumple con la ley. Pero el problema es la ley y su selectividad.

A las cuatro de la madrugada del 26 de octubre de 2024, un control de Gendarmería sobre la ruta nacional 16, en las inmediaciones de Napenay, detuvo a una mujer de 35 años que viajaba como pasajera en un colectivo de larga distancia. En su abdomen, pegados al cuerpo, llevaba dos paquetes con 2.234 gramos de cocaína. También tenía 133.700 pesos y un teléfono celular. Este lunes 2 de marzo, el Tribunal Oral Federal de Resistencia le impuso cuatro años de prisión. El fallo es prolijo, fundado y técnicamente correcto. También es el retrato fiel de un sistema penal que castiga con mayor severidad al eslabón más débil de la cadena del narcotráfico.

El mismo tribunal, con otra integración, también condenó el mismo día a penas de entre 7 años y 4 años y medio de prisión a integrantes del “Clan Sosa”, una organización criminal que durante más de 13 años se dedicó al lavado de activos procedentes de la venta de drogas en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña.

La mujer es vendedora ambulante. Vive en el barrio Balut de Orán, Salta, en una casa que también habitan su hija de once años y su padre de sesenta y cuatro. La nena tiene problemas respiratorios crónicos. El padre acumula diagnósticos: diabetes, complicaciones cardíacas severas, pérdida parcial de la visión. Ninguno de los dos genera ingresos propios más allá de pensiones por discapacidad que no alcanzan. Ella era la única que trabajaba y, según el informe socioambiental que el tribunal tomó en cuenta para conceder el arresto domiciliario, la vivienda está ubicada cerca de la escuela de la hija. Eso fue lo que salvó a la familia de quedar sin nadie: que el juez entendió que encerrarla implicaba dejar a una niña enferma al cuidado de un abuelo que tampoco puede valerse por sí mismo.

La condena fue acordada mediante juicio abreviado, el mecanismo por el cual el imputado reconoce los hechos y negocia la pena con la fiscalía para evitar el debate oral. La mujer aceptó cuatro años de prisión -el mínimo que establece el artículo 5 inciso c de la Ley 23.737 para el transporte de estupefacientes- más una multa de 45 unidades fijas. No tenía antecedentes. No hay en el expediente evidencia de que integrara ninguna organización ni de que tuviera vínculo alguno con quienes le encargaron el traslado de la droga, más allá del encargo mismo. Era, en la terminología que el sistema judicial usa con llamativa neutralidad, una mula.

Siempre los mismos 

La Ley 23.737, sancionada en 1989, no distingue de manera significativa entre quien transporta droga en el cuerpo a cambio de un pago que le permitirá cubrir necesidades básicas y quien dirige, financia u organiza el tráfico. La escala penal es la misma: de cuatro a quince años. El perfil de quiénes quedan atrapados en ese piso de cuatro años está documentado desde hace décadas: mujeres, en su mayoría, en situación de pobreza, sin antecedentes, reclutadas para un viaje por personas que no aparecen en ninguna sentencia. La droga se pierde, la mula se pierde, la organización continúa.

La mujer de Orán cumplirá su condena en su casa, junto a su hija y a su padre. El arresto domiciliario no es un gesto de clemencia: es el reconocimiento judicial de que encerrarla equivalía a castigar a personas que no cometieron ningún delito. Pero ese reconocimiento no modifica la pena, no cuestiona la lógica de la ley y no le devuelve los cuatro años que el Estado le demanda a cambio de haber transportado dos kilos de cocaína entre dos provincias del norte argentino. El sistema la encontró en la ruta, la procesó y la condenó con eficiencia admirable. A quienes la pusieron en esa ruta todavía los está buscando.

“La justicia es como las serpientes: solo muerde a los que están descalzos”. La frase se atribuye al sacerdote salvadoreño Arnulfo Romero, asesinado por un escuadrón de la muerte en su país natal mientras oficiaba una misa. Y bien podría aplicarse a este caso, como a otros miles que transcurren a diario y en silencio en tribunales de todo el país.

REVISTA LITIGIO

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