A raíz del hábeas corpus colectivo presentado en Resistencia por el Comité contra la Tortura, analizamos el avance de un modelo punitivo que busca excluir de la vía pública a los sectores vulnerables. Las medidas policiales y legislativas que buscan prohibir a los “trapitos” o cuidacoches va en contra de las recomendaciones de la ONU respecto a la obligación de los Estado de derogar o reformar toda norma penal o contravencional que criminalice las actividades que sustentan la vida en los lugares públicos.
El debate sobre el uso del espacio público y la subsistencia urbana ha tomado un giro drástico en la Argentina de 2026. Lo que históricamente se gestionó a través de políticas sociales, regulación municipal o esquemas de cooperatividad, hoy mutó definitivamente en un modelo prohibicionista y punitivo de control social. Este fenómeno nacional, analizado recientemente por el jurista Enrique Marchiaro en el portal Palabras del Derecho, expone un esquema binario de clasificación urbana que divide a las ciudades entre los “vecinos legítimos” y aquellos “otros” que, por su mera condición de vulnerabilidad, son catalogados como una amenaza moral y estética para las normas de urbanidad. En Resistencia, este Laboratorio del castigo tiene nombres propios, rostros golpeados y una resistencia que busca frenar una evidente criminalización de la pobreza.
La traducción fáctica de este marco teórico se vive a diario en la capital chaqueña a través de los operativos de “saturación” que la Policía provincial ejecuta contra cuidacoches, limpiavidrios y vendedores ambulantes. La reciente presentación de un hábeas corpus colectivo por parte del Comité para la Prevención de la Tortura ante el juez Julián Flores —detallada en las páginas de LITIGIO— destapó una olla de detenciones arbitrarias y vejaciones que excede cualquier justificación contravencional. Desde el arresto de un anciano de 75 años que vendía hierbas medicinales hasta el salvaje caso de un barrendero municipal de 34 años, golpeado por los agentes con su propia herramienta de trabajo, la lógica de las fuerzas de seguridad parece responder más a un “derecho penal de autor” que a la persecución real de delitos. Como admitió el propio jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero, los operativos coordinados buscan barrer de la vía pública a quienes ejercen la actividad, imponiendo arrestos preventivos de hasta tres días.
Desde una perspectiva constitucional, este despliegue de fuerza estatal choca de frente con principios democráticos fundamentales. El argumento central del Comité contra la Tortura, respaldado por la Defensoría General de la provincia, señala la absoluta falta de sustento legal para estas “demoraciones”. Amparados en el artículo 19 de la Constitución Nacional, que establece que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni privado de lo que ella no prohíbe, los defensores de los derechos humanos recuerdan que cuidar coches no constituye un delito. La utilización de las facultades de “demoración” policial, como el históricamente cuestionado artículo 7 inciso c de la Ley Orgánica Policial, se está aplicando de manera desviada para sancionar la mera presencia en la calle. Ante la exigencia de la Defensoría para que la policía precise la infracción atribuida a los detenidos, la respuesta suele ser el silencio o la vaguedad, confirmando que el verdadero motivo del arresto es el color de piel, la vestimenta o la necesidad de ganarse el sustento.
Menos Estado Social y más Estado Penal
Esta avanzada represiva en el Chaco no es un hecho aislado de “olfato policial” local, sino el correlato directo de una política de regresividad en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) que se impulsa a nivel federal desde la asunción del gobierno libertario de Javier Milei. El escenario actual se encuentra fuertemente condicionado por el proyecto de reforma del Código Penal promovido por el Poder Ejecutivo Nacional, que busca incorporar el artículo 241 para tipificar con penas de prisión las exigencias ilegales de dinero por servicios en la vía pública. Se consagra así la paradoja civilizatoria de una época que reclama menos Estado en lo social pero exige un hipertrofiado Estado penal para disciplinar las consecuencias de la exclusión. Frente a esto, los organismos internacionales han sido tajantes: la Relatoría Especial de la ONU sobre la Pobreza Extrema, a cargo de Olivier De Schutter, dictaminó de forma taxativa la obligación de los Estados de derogar o reformar toda norma penal o contravencional que criminalice las actividades que sustentan la vida en los lugares públicos.
Mientras en el Chaco se opta por el calabozo y la requisa clandestina, municipios como San Carlos de Bariloche o Luján han demostrado que el camino de la legalidad es posible. A través del Estacionamiento Medido Solidario, estas ciudades transformaron la subsistencia informal en cooperativas de trabajo formalizadas que operan sistemas tecnológicos en convenio con universidades públicas. El contraste es ético y jurídico: resolver el uso del espacio público integrando a los sectores vulnerables con derechos, o disciplinarlos con la violencia del código penal.
La resolución del hábeas corpus colectivo en los tribunales de Resistencia colocará bajo la lupa el rol del Poder Judicial chaqueño frente a los compromisos internacionales de derechos humanos. Mientras los sectores promotores del punitivismo urbano celebran la “limpieza” de las calles a base de requisas clandestinas y calabozos, la realidad social impone la urgencia de abordar el fenómeno desde la legalidad y la inclusión. Utilizar el derecho penal como la primera respuesta ante una crisis socioeconómica persistente no solo es ineficaz para resolver los conflictos de convivencia ciudadana, sino que deslegitima al propio Estado de Derecho. La Justicia tiene ahora la oportunidad histórica de convalidar el mandato de la ONU y poner un límite constitucional al hostigamiento policial, recordando que la pobreza no se combate con el código penal en la mano, sino con derechos.
Por Brian Pellegrini Revista LITIGIO
















































