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Diputados

Tras el conflicto en Resistencia, impulsan una ley para regular la venta ambulante

El proyecto fue presentado por el interbloque Frente Chaqueño y propone crear registros municipales, permisos de uso del espacio público, zonas autorizadas y un programa de formalización progresiva.

En medio del conflicto entre vendedores ambulantes y el Municipio de Resistencia por las restricciones para trabajar en espacios públicos y eventos de gran convocatoria, el interbloque Frente Chaqueño presentó en la Legislatura provincial un proyecto de ley para crear un Régimen Provincial de Ordenamiento de la Actividad de los Vendedores Ambulantes.

La iniciativa, impulsada por la diputada provincial María Pía Chiacchio Cavana, busca regular la actividad en todo el territorio chaqueño, con el objetivo de compatibilizar el derecho al trabajo, el uso ordenado del espacio público, la libre circulación de las personas, la convivencia con el comercio formal y procesos de formalización progresiva.

El proyecto aparece en un contexto de reclamos de trabajadores ambulantes, que vienen pidiendo ser incluidos en la organización de actividades masivas, como la Bienal 2026, y cuestionan las restricciones municipales por considerar que afectan directamente el sustento de decenas de familias.

Registro municipal, credencial y permisos

Uno de los puntos centrales del texto establece que cada municipio deberá crear y mantener actualizado un Registro Municipal de Vendedores Ambulantes, donde deberán inscribirse las personas que pretendan desarrollar la actividad dentro de cada ejido urbano.

La inscripción sería gratuita, personal e intransferible. Además, los municipios deberán entregar una credencial identificatoria con fotografía, número de registro y actividad autorizada, que deberá ser exhibida de manera visible durante el trabajo.

El proyecto también dispone que el ejercicio de la venta ambulante en espacios públicos requerirá un permiso municipal obligatorio, de carácter personal e intransferible, renovable cada cinco años y limitado a las zonas y actividades expresamente autorizadas.

A su vez, la propuesta permite que los municipios establezcan criterios de prioridad para otorgar permisos a personas que acrediten vulnerabilidad económica o dependencia principal de la actividad para sostener a sus familias.

Reclamo de vendedores ambulantes

Zonas habilitadas, restricciones y diálogo previo

La iniciativa plantea que los municipios deberán definir zonas autorizadas para la venta ambulante, contemplando accesibilidad, visibilidad, circulación peatonal y afluencia razonable de público. El texto advierte que no deberían asignarse espacios aislados, de baja circulación o escasa concurrencia que vuelvan inviable la actividad económica.

También establece restricciones: no podrán autorizarse puestos que obstruyan rampas, veredas, accesos para personas con discapacidad, ingresos a hospitales, escuelas, organismos públicos o servicios de emergencia, ni aquellos que generen riesgos para la seguridad vial o peatonal.

Cada municipio deberá elaborar un Plan de Ordenamiento de la Venta Ambulante, con zonas habilitadas, restricciones, cupos y modalidades de funcionamiento. Ese plan deberá contemplar distancias mínimas entre puestos ambulantes y comercios legalmente establecidos.

El proyecto incorpora además una exigencia política sensible en el actual conflicto: la elaboración, revisión y actualización de esos planes deberá garantizar la participación real y previa de organizaciones, cooperativas, asociaciones y trabajadores de la venta ambulante.

Censo antes de cualquier desalojo o reubicación masiva

Otro punto relevante del proyecto es la creación de un mecanismo de relevamiento. Los municipios que adhieran a la ley deberán realizar, dentro de los 180 días de su entrada en vigencia, un censo integral de vendedores ambulantes.

Ese relevamiento deberá incluir datos como identidad de la persona, rubro, zona habitual de trabajo, antigüedad en la actividad, si se trata de su fuente principal de ingresos y si forma parte de programas sociales, laborales o de formalización.

El texto aclara que esa información será confidencial y no podrá ser utilizada con fines sancionatorios contra quienes participen del relevamiento.

Además, la propuesta establece que ningún municipio podrá avanzar con procesos masivos de remoción, desalojo o reubicación de vendedores ambulantes sin haber realizado previamente el censo y sin garantizar instancias de diálogo con los sectores involucrados.

Formalización progresiva y asistencia

La iniciativa también crea un Programa Provincial de Formalización Progresiva de los Vendedores Ambulantes, destinado a promover la registración fiscal, facilitar capacitaciones, brindar asistencia técnica, favorecer la transición hacia formas de comercio formal y promover el acceso a herramientas de financiamiento y microcrédito.

Para su implementación, el Poder Ejecutivo provincial podrá celebrar convenios con municipios, universidades, cámaras empresarias y entidades intermedias.

En los fundamentos, la diputada sostiene que los vendedores ambulantes forman parte de la economía social y popular y que su actividad representa una fuente de ingresos para cientos de familias chaqueñas. También remarca que la venta ambulante debe ser reconocida como una actividad económica lícita, sin desconocer la necesidad de ordenar el uso del espacio público.

El proyecto no elimina la potestad municipal para ordenar el espacio público, pero propone fijar criterios mínimos a nivel provincial para evitar prohibiciones absolutas, desalojos sin relevamiento o medidas unilaterales. De aprobarse, la norma invitará a los municipios chaqueños a adherir y dictar las disposiciones complementarias para su aplicación.

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