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Reabren la causa contra Milei por la autorización de ingreso de tropas de EEUU por DNU

El tribunal consideró “prematura” la decisión de la jueza Capuchetti y reabrió el expediente, aunque rechazó el rol de querellante para la diputada Marcela Pagano. La fiscalía deberá ahora reunir más pruebas sobre el decreto que permitió el ingreso de marines a Ushuaia.

La Sala II de la Cámara Federal porteña revocó el archivo de la causa que investigaba al presidente Javier Milei y otros funcionarios por el decreto que habilitó el ingreso de tropas estadounidenses a la base naval de Ushuaia, al considerar que la decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti fue “prematura”.

El tribunal, integrado por los jueces Eduardo Farah y Roberto Boico, ordenó reabrir el expediente y profundizar las medidas de prueba solicitadas por la fiscalía, entre ellas, obtener las actuaciones del Ministerio de Defensa y los dictámenes jurídicos previos al dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia 264/2026. Este DNU, junto con los anteriores 774/2024 y 697/2025, autorizó la participación de fuerzas nacionales y el ingreso de personal militar de Estados Unidos para los ejercicios conjuntos “Daga Atlántica” y “Passex”, en medio de un fuerte debate sobre la cesión de soberanía y el rol del Congreso.

Sin embargo, en el mismo fallo, los camaristas confirmaron la decisión de primera instancia que negó a la diputada nacional Marcela Pagano –autora de la denuncia inicial y exintegrante de La Libertad Avanza– el rol de parte querellante en el proceso. Los jueces consideraron que la legisladora no acreditó un “perjuicio directo, concreto y especial” que la habilite a ser acusadora privada, más allá de su rechazo político a la medida.

“La ofensa invocada no es de aquellas que la autoricen a querellar, puesto que el bien jurídico que afectó presuntamente el delito es el correcto funcionamiento de la administración pública, cuya relación con la denunciante no es directa, ni fue agredida, personalmente”, sostuvo el juez Boico en su voto. Añadió que Pagano puede ejercer su desacuerdo a través de proyectos de ley o del control parlamentario previsto en la ley 26.122, sin que ello constituya una lesión personal.

Por su parte, el juez Farah coincidió en que, si bien el rol de querellante no exige una ofensa directa al bien jurídico protegido, sí se requiere “un plus en su legítimo interés que exceda aquel que resguarda el Ministerio Público Fiscal”, lo que en este caso no se verificó.

Con esta resolución, la causa regresa al Juzgado Federal nº 5, a cargo de Capuchetti, que deberá ahora cumplir con lo ordenado por la Cámara: llevar adelante las diligencias probatorias que la fiscalía, a cargo de la doctora M. Paloma Ochoa, había solicitado en su apelación y que fueron avaladas por el superior. La investigación, en su etapa inicial, apunta a determinar si el Poder Ejecutivo incurrió en los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y usurpación de autoridad (artículos 248 y 246 inciso 3 del Código Penal) al dictar los decretos sin el paso previo por el Congreso, tal como lo exige la Constitución para este tipo de acuerdos internacionales.

El decreto 264/2026, firmado en abril pasado, permitió el desarrollo de ejercicios militares conjuntos con fuerzas de Estados Unidos en territorio argentino, una decisión que la oposición había calificado como una “cesión de soberanía” y que se dio en el contexto de las negociaciones con la administración Trump por un paquete de ayuda financiera. La jueza Capuchetti había archivado el caso en junio argumentando que el Presidente tiene facultades para dictar DNU y que el control corresponde a la bicameral, pero la Cámara consideró que esa decisión fue apresurada sin haber agotado las pruebas pertinentes.

La diputada Pagano, que había apelado tanto el archivo como el rechazo a su rol de querellante, celebró la reapertura de la causa aunque criticó la negativa a su participación directa, que ya había calificado como un avance “prematuro” en la instancia anterior. La fiscalía, por su parte, fue el otro actor que impulsó la apelación, al considerar que la investigación carecía de diligencias esenciales para esclarecer los hechos.

El expediente queda ahora en manos del juzgado de origen para que proceda con las medidas probatorias ordenadas, en un caso que mantiene en vilo el debate sobre los límites del poder presidencial y la autonomía del Congreso en materia de política exterior y defensa.

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