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“No surge con claridad la infracción atribuida”: la Defensoría General exigió a la Policía que explique las detenciones a “trapitos”

La Defensora General Adjunta del Poder Judicial del Chaco, Gisela Gauna Wirz, remitió un oficio formal al jefe de la Policía provincial cuestionando la legalidad del operativo difundido en redes sociales, en el que efectivos detuvieron y esposaron a trabajadores informales que cuidaban autos en la vía pública de Resistencia. Las detenciones se dan en el marco de una fuerte criminalización de la pobreza impulsada desde el oficialismo provincial y municipal.

La Defensora General Adjunta del Poder Judicial del Chaco, Gisela Gauna Wirz, presentó el el viernes un oficio formal dirigido al jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero, solicitando un informe detallado sobre el procedimiento policial en el que efectivos de la fuerza detuvieron a trabajadores informales conocidos como “trapitos” en distintos puntos de Resistencia.

El pedido de informes fue motivado por un video difundido por la propia Policía del Chaco en su cuenta oficial de Instagram —protagonizado por el subjefe de la fuerza, Comisario General Manuel Silva— en el que se observa a personas siendo interceptadas, requisadas y trasladadas en móviles policiales mientras realizaban tareas de cuidado de vehículos en la vía pública.

Preguntas

El oficio Nº 158/26, al que tuvo acceso LITIGIO, formula diez puntos de información que la Policía deberá responder. Entre los más relevantes se destaca el pedido de que se identifique al hombre interceptado en el video, se precise la fecha, hora y lugar del procedimiento, y se indique bajo qué figura jurídica fue retenido: si fue aprehendido, demorado, trasladado para identificación o detenido preventivamente.

La Defensora también exige que la Policía especifique “el motivo legal concreto de la intervención, con indicación de la norma presuntamente infringida y del artículo específico que habría habilitado el procedimiento”. En el video que motivó el oficio, el subjefe Silva justifica la detención diciendo que la actividad del trabajador “no está respaldada” y que “no se puede realizar”, sin citar normativa alguna.

Uno de los puntos más sensibles del oficio apunta directamente a la proporcionalidad de la medida: la Defensora pregunta por qué, tratándose de una persona que realizaba una actividad informal sin que mediara ninguna conducta violenta ni delictiva, se dispuso una restricción de libertad con traslado y uso aparente de esposas, en lugar de aplicar la simple citación que establece como regla general el artículo 140 del Código de Faltas provincial.

En ese mismo sentido, se solicita que se acredite si se verificó alguno de los supuestos excepcionales previstos por el artículo 143 del mismo código para habilitar una detención preventiva, y si el ciudadano poseía domicilio conocido —uno de los requisitos para justificar esa medida de excepción.

El oficio también cuestiona el fundamento de la requisa personal y el secuestro de los objetos de trabajo —escobillas, mochilas y recipientes con agua— y pregunta si al momento de la detención se le informó al ciudadano, por escrito y en forma fehaciente, la causa concreta de la medida, tal como lo exige el artículo 21 de la Constitución del Chaco.

El marco legal

En el cuerpo del oficio, Gauna Wirz recuerda que el artículo 276 del Código Procesal Penal del Chaco establece que “la restricción de la libertad solo puede imponerse dentro de los límites absolutamente indispensables para asegurar el descubrimiento de la verdad y la actuación de la ley”, y exige que se precise cuál fue la necesidad concreta que justificó, en este caso, el traslado compulsivo y el alojamiento en sede policial.

La funcionaria encuadra su pedido en las funciones del Ministerio Público de la Defensa vinculadas a la protección de los derechos humanos de personas sometidas a intervención estatal, y subraya que del registro audiovisual difundido por canales institucionales “no surge con claridad la infracción concreta atribuida ni la causa legal que habría habilitado la restricción de libertad observada”.

Razzias contra trapitos

El video policial, titulado “La seguridad crece sin trapitos en la calle”, fue difundido en el mismo contexto en que el bloque de concejales de la UCR que responde al intendente Roy Nikisch impulsa un proyecto de ordenanza para prohibir la actividad de los cuidacoches en todo el ejido urbano de Resistencia, especialmente en las zonas del estacionamiento medido.

La iniciativa legislativa y el operativo policial se producen en una ciudad que, según los últimos datos del INDEC, tiene una tasa de desempleo del 8,2% —por encima del promedio nacional— y donde casi una de cada dos personas es pobre, lo que la ubica entre los aglomerados urbanos más castigados por la crisis económica del país. Los “trapitos” son producto de esta crisis: personas expulsadas del mercado formal de trabajo que encuentran en el cuidado de autos y la limpieza de parabrisas en los semáforos una forma de subsistencia.

 

REVISTA LITIGIO

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