No es novedad que, en los últimos meses, la Justicia chaqueña se ha mostrado firme a la hora de garantizar el derecho a la salud de los afiliados del Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (InSSSeP).
Lo que sí resulta novedoso es la reciente declaración pública del gobernador Leandro Zdero sobre esta cuestión. Si bien no apuntó directamente contra estas medidas judiciales, realizó un llamado general a “trabajar juntos” para que la obra social “no reviente” que incluyó también al Poder Judicial. En ese contexto, sus dichos dejan entrever —de manera implícita— un cuestionamiento al creciente número de amparos en materia de salud y una presión para que se frenen estas decisiones.
Zdero fue entrevistado el martes en el programa Pulso Político, que se emite por el canal de streaming de Diario Norte. Al ser consultado por la situación del InSSSeP, en particular por su estado presupuestario y financiero, volvió a echar mano de su habitual argumento: culpar a la gestión anterior. “Tenemos que arreglar lo que nos dejaron, y eso muchas veces implica tomar medidas que por ahí no caen bien, pero la obra social tiene que ser sustentable”, afirmó.
En esa línea, justificó el ajuste que repercute en la atención a los afiliados: “Tenemos que administrar bien. Garantizar, para las presentes y futuras generaciones, una obra social que pueda resolver los problemas de los afiliados”.
“Ahí nos tiene que encontrar a todos. Esto es un llamamiento genuino al Legislativo, al Judicial y al Ejecutivo: trabajar juntos para que esto no reviente. Hay que garantizar previsibilidad para una obra social que tiene que atender a todos”, remarcó.
“Para esto estamos haciendo una tarea responsable, con los pies sobre la tierra, y a veces hay decisiones que pueden doler. Lo digo desde la empatía, pero es necesario ponerse a trabajar porque si no esa obra social sería inviable”, subrayó.
Amparo por el Italiano
Los polémicos dichos del gobernador se dan tras reiterados fallos que obligan al InSSSeP a garantizar tratamientos, cada vez más retaceados, demorados o directamente negados. Uno de los más recientes y de mayor repercusión se originó durante la última feria judicial. Allí, familiares de una decena de niños, adolescentes y jóvenes con patologías de alta complejidad recurrieron a la Justicia para exigir que el InSSSeP garantice la continuidad de sus tratamientos en el Hospital Italiano, interrumpidos por la falta de pago de la obra social.
La acción de amparo fue presentada por el abogado Sebastián Ferreyra Negri ante el Superior Tribunal de Justicia. En el planteo, solicitó que se ordene la cobertura integral, inmediata y gratuita de las prestaciones médicas, y que se declare la inconstitucionalidad y arbitrariedad del accionar “omisivo e ilegítimo” del organismo.
El reclamo sostuvo que el InSSSeP incumplió su obligación de garantizar una cobertura adecuada, continua e integral, vulnerando derechos reconocidos por la Constitución Nacional, tratados internacionales y normativa específica en materia de salud. Asimismo, y ante la urgencia del caso, se requirieron medidas de protección inmediatas.
El Superior Tribunal, con voto unánime, hizo lugar al amparo y rechazó los argumentos del organismo con base en principios constitucionales y de derechos humanos. En particular, destacó que, frente a situaciones de “múltiples vulnerabilidades”, debe prevalecer el interés superior de los niños, niñas y adolescentes por sobre cualquier consideración administrativa o presupuestaria.
En su sentencia, fechada el 26 de marzo, el máximo tribunal provincial estableció que los cambios en la cartilla de prestadores no pueden implicar la interrupción de tratamientos ya iniciados. En ese sentido, reafirmó el derecho de los pacientes a continuar con los equipos médicos que los asisten desde el comienzo.
Además, fue contundente al señalar que los pacientes son “ajenos a las vicisitudes económicas” entre la obra social y el nosocomio. La falta de pago —indicó— no puede trasladarse a los niños ni afectar derechos fundamentales como la vida y la salud.
La resolución alcanza a once pacientes con cuadros críticos, entre ellos encefalopatía epiléptica, síndrome de West, mielomeningocele, espina bífida y enfermedades genéticas de alto riesgo oncológico. En todos los casos, el Tribunal concluyó que el accionar estatal fue “manifiestamente ilegítimo y arbitrario”.
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