Lo hizo a través de una acción de hábeas corpus colectivo preventivo presentada ante el juzgado Civil y Comercial 21 de Resistencia. El organismo denunció un patrón sistemático de detenciones arbitrarias, requisas sin orden judicial y hostigamiento contra trabajadores informales y personas sin hogar en Resistencia.
El Comité Provincial para la Prevención de la Tortura presentó ante la Justicia una acción de hábeas corpus colectivo con alcance preventivo para frenar operativos policiales dirigidos contra personas en situación de calle y trabajadores informales de la vía pública, conocidos popularmente como “trapitos”, “cuidacoches” o “limpiavidrios”.
La presentación fue realizada ante el titular del juzgado Civil y Comercial 21 de Resistencia, Julián Flores, con la firma del presidente del Comité, Darío Gómez, y el patrocinio de Guillermo Cuéllar. La acción está dirigida contra la Policía del Chaco y cualquier otra fuerza de seguridad que actúe bajo sus directivas en operativos urbanos.
El organismo detectó un patrón sistemático de prácticas policiales presuntamente ilegales, desplegadas principalmente a través de operativos de “saturación”, “prevención urbana” o “cerrojo”, en los que se realizan requisas, pedidos de documentación y restricciones a la circulación sin orden judicial ni sospecha fundada de delito.
El Comité sostiene que estas intervenciones afectan especialmente a personas en situación de vulnerabilidad económica y social, como quienes sobreviven realizando tareas informales en la vía pública. En muchos casos, se trata de personas que orientan vehículos para estacionar, cuidan autos o limpian parabrisas como forma de subsistencia frente a la falta de empleo formal.
“No existe sustento legal alguno que respalde la prohibición de la actividad de los ‘trapitos’ o ‘cuidacoches’. Las personas que realizan dicha actividad no pueden ser privadas de su libertad ambulatoria ni sometidas a requisas, demoras o arrestos con el único argumento de que su labor ‘no está autorizada’ o ‘no es legal’”, señala el escrito presentado.
Casos denunciados
Entre los episodios expuestos en la presentación judicial aparece el caso de un hombre de 34 años que trabajaba barriendo veredas y recolectando aluminio, quien fue esposado, golpeado con su propia escoba por efectivos policiales y mantenido detenido en la Comisaría Segunda Metropolitana durante más de once horas (desde las 20.30 del 5 de mayo hasta las 8 de la mañana del día siguiente) sin comunicación a autoridad judicial. Dijo que fue torturado y despojado de sus escasas pertenencias.
También se menciona la situación de un adulto mayor de 75 años que fue interceptado junto a su hija mientras vendían hierbas medicinales en la vía pública, en inmediaciones de la empresa de transporte “La Estrella”. De acuerdo con la denuncia, ambos fueron demorados bajo el argumento de una supuesta “orden de la empresa”, debido a que, según la policía, no podían vender sus productos en la zona.
El hombre hizo hincapié en su situación de vulnerabilidad como adulto mayor sin recursos suficientes, pero la intervención continuó en términos intimidantes, generando trato hostil y humillación. Los denunciantes calificaron el accionar policial como arbitrario, desproporcionado y denigrante.
El tercer caso denunciado ante el Comité involucra a un hombre en situación de calle que, según la presentación, fue detenido de manera arbitraria el pasado 16 de marzo en inmediaciones del Parque 2 de Febrero, en Resistencia. De acuerdo al relato, personal motorizado del COM lo trasladó hasta la Comisaría Segunda, donde permaneció alojado durante dos horas en una celda común junto a otras personas detenidas.
La denuncia señala que una situación similar ya había ocurrido el día anterior, esta vez con intervención de efectivos de la Comisaría Duodécima, bajo el argumento de una presunta contravención. El hombre manifestó que este tipo de episodios son frecuentes debido a su situación de calle y a la falta de documentación personal, lo que —según sostuvo— deriva en prácticas policiales discriminatorias y estigmatizantes.
El hábeas corpus además incorpora declaraciones públicas del jefe de Policía, Fernando Romero, quien reconoció la realización de operativos coordinados con la Jueza de Faltas y la aplicación de arrestos de hasta tres días.
En paralelo, la Defensoría General del Poder Judicial del Chaco intervino mediante un oficio dirigido a la Policía para que informe cuál es el sustento legal de estas detenciones, al advertir que “no surge con claridad la infracción atribuida” a las personas demoradas.
Los fundamentos jurídicos
El Comité fundamentó la acción en el artículo 43 de la Constitución Nacional —que consagra la garantía del hábeas corpus— y en el artículo 21 de la Constitución del Chaco, que establece garantías fundamentales para la libertad personal frente a detenciones arbitrarias. También invocó el principio establecido en el artículo 19 de la Carta Magna nacional, según el cual todo aquello que no está prohibido por la ley se encuentra permitido.
Uno de los ejes centrales del planteo apunta contra el artículo 7, inciso c), de la Ley Orgánica Policial N° 1179-J, norma históricamente utilizada para justificar demoras de personas con fines de identificación o averiguación de antecedentes.
Esa disposición ya fue declarada inconstitucional por la Cámara Primera en lo Criminal de Presidencia Roque Sáenz Peña y esa decisión fue posteriormente ratificada por el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, por lo que su uso debería quedar sin vigencia en la práctica.
Además, el Comité citó el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Fernández Prieto y Tumbeiro vs. Argentina” (2020), donde se estableció que las retenciones policiales para identificar personas requieren una sospecha objetiva y fundada, y no pueden basarse únicamente en estereotipos vinculados a la apariencia física, la vestimenta o la condición social.
Qué pidió el Comité
En el petitorio, el organismo solicitó la sustanciación inmediata del hábeas corpus solicitando se ordene el cese inmediato de las demoras masivas, requisas arbitrarias, hostigamiento y privaciones de libertad sin control judicial de “trapitos” y personas en situación de calle dentro del territorio provincial y se garantice el pleno respeto a los derechos de rango constitucional e internacional.
Además, pidió que se requiera a la Policía provincial información detallada sobre las normas que regulan este tipo de operativos, así como la cantidad de personas demoradas durante los últimos seis meses.
Finalmente, requirió que la Justicia adopte medidas concretas y proporcionales para garantizar el respeto de los derechos fundamentales de las personas en situación de calle y de quienes desarrollan actividades informales en el espacio público.
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