Un duro cruce fue protagonizado por la diputada nacional de la provincia de Buenos Aires Julia Strada (Unión por la Patria) y el gobierno del presidente Javier Milei. A partir de un decreto que modifica las condiciones del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) considerándolo “esencial” para la navegación aérea.
Todo comenzó cuando Strada advirtió en su cuenta de X que el Decreto 274/2026 marca «un nuevo avance en el desmantelamiento del Servicio Meteorológico Nacional». «La norma le quita al SMN la función meteorológica aplicada a la navegación aérea y la transfiere a la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA)».
«Esto rompe el esquema de meteorología unificada y debilita el rol del Estado como autoridad meteorológica»
«Esto rompe el esquema de meteorología unificada y debilita el rol del Estado como autoridad meteorológica. Además, EANA carece de todo tipo de recursos que tiene el SMN. Para prestar este servicio crítico en todos los aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos de la República Argentina», aseguró la diputada.
Según Strada, una parte sustantiva del financiamiento del SMN proviene de un porcentaje de tasas aeronáuticas asociadas a estos servicios que EANA no pagaba al SMN en tiempo y forma. «Quitarle esa función implica también quitarle una fuente central de ingresos. Sin ese flujo, el funcionamiento del organismo queda seriamente comprometido», alertó.
Según el gobierno, son completamente «falsas» las afirmaciones de Strada
Inmediatamente, la Oficina de Respuesta Oficial del Presidente Milei salió a desmentir estas afirmaciones y aclaró que «el decreto 274/2026 no le quita al SMN su rol como autoridad meteorológica nacional». Sino que «lo que elimina es un monopolio artificial creado por el Estado que mantenía cautiva a EANA».
«El artículo 15 de la Ley 27.161 obligaba a EANA a la contratación del servicio meteorológico para la navegación aérea mediante el SMN. No solamente se restringía la oferta sino también se regulaba el precio. El precio que se pagaba por el servicio no era de mutuo acuerdo. Sino que estaba impuesto normativamente sin tener en cuenta los servicios ni la calidad de los mismos. Completamente falso», aseguró.
También planteó que es falso hablar de “ruptura del esquema de meteorología unificada” o “debilitamiento del Estado como autoridad meteorológica”. «Ninguna de las dos afirmaciones es correcta. El SMN conserva íntegras sus funciones de vigilancia climática, alerta temprana, declaración de emergencias y comunicación oficial. Que son las que justifican un servicio meteorológico estatal».




















































