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Le explotó la caldera de su casa en 2016, demandó a la empresa que la fabricó y la Justicia rechazó por un motivo

El dueño de la vivienda responsabilizó al fabricante y al servicio técnico por un estallido ocurrido en 2016, meses después de una reparación del equipo. Sin embargo, una pericia fue determinante.

Una explosión provocó importantes destrozos en una casa de Pilar y llevó a su propietario a iniciar un juicio contra dos empresas a las que responsabilizó por lo ocurrido. El hombre sostuvo que el estallido estaba relacionado con una caldera que había vuelto a utilizar la noche anterior y con una reparación realizada meses antes.

Sin embargo, la Justicia Nacional en lo Civil rechazó el reclamo porque no encontró pruebas suficientes para vincular el artefacto o el trabajo técnico con el siniestro.

El episodio ocurrió el 6 de junio de 2016, cuando el propietario se había retirado de su casa. Minutos después de las 10, recibió un llamado de una vecina que le avisó sobre lo sucedido. Al regresar, encontró a bomberos, policías y personal de Defensa Civil que trabajaban en el lugar.

La explosión había afectado principalmente un sector de la propiedad donde funcionaban un lavadero y un dormitorio de servicio. No hubo personas heridas.

El hombre apuntó contra la empresa que, según su versión, había comercializado e instalado la caldera y contra la firma que había intervenido en su reparación. Su argumento era que el equipo constituía el origen del problema, ya que era el único artefacto a gas que funcionaba en el ambiente afectado.

La reparación que quedó bajo sospecha

La caldera había sido instalada en 2011. Según el relato incorporado al expediente, el 23 de febrero de 2016 un técnico había reemplazado una placa electrónica que se había dañado, presuntamente, por la caída de un rayo. Después de esa intervención, el equipo quedó disponible para su uso.

Tras varios meses sin encender la calefacción por las temperaturas más cálidas, el propietario volvió a poner en funcionamiento el sistema el 5 de junio. Al día siguiente ocurrió la explosión, una secuencia que el demandante consideró relevante para sostener su acusación.

En febrero de 2016, un técnico había reemplazado la placa electrónica de la caldera, presuntamente dañada por la caída de un rayo. (Imagen generada con IA)
En febrero de 2016, un técnico había reemplazado la placa electrónica de la caldera, presuntamente dañada por la caída de un rayo. (Imagen generada con IA)

Las empresas rechazaron las imputaciones. Una de ellas negó haber vendido la caldera y sostuvo que su intervención se había limitado a las tareas técnicas realizadas en febrero. La otra aseguró que no había prestado el servicio de reparación cuestionado.

Además, las demandadas señalaron que una inspección posterior no había detectado daños importantes en el aparato ni indicios de que el estallido se hubiera originado en su interior. Esa circunstancia se convirtió en uno de los puntos centrales que debía resolver la Justicia.

Qué reveló la pericia sobre la explosión

Para determinar el origen del siniestro, se realizó una pericia de ingeniería sobre la caldera. El especialista examinó el equipo y sus componentes, entre ellos la carcasa, el cableado, la cámara de combustión y los mecanismos de seguridad.

El informe no encontró daños compatibles con una explosión originada dentro del artefacto. Tampoco detectó deformaciones, señales de fuego o alteraciones que permitieran sostener que la detonación había comenzado en sus componentes internos.

El perito planteó que el estallido se habría producido por la acumulación de gas sin quemar en un ambiente con ventilación insuficiente, que luego entró en contacto con una fuente de ignición. Sin embargo, no pudo establecer con certeza el punto exacto donde se había producido la pérdida.

Entre las posibilidades consideradas figuraba una fuga en la propia instalación de gas del ambiente, por ejemplo, en una unión de caños o en una conexión con la llave de paso. Pero tampoco fue posible confirmar esa hipótesis, ya que no se habían incorporado los planos de la instalación y no se contaba con elementos suficientes para reconstruir todas las condiciones previas al hecho.

El Juzgado Nacional en lo Civil Nº 41 rechazó la demanda porque no se logró demostrar que la caldera o su reparación hubieran provocado la explosión. (Imagen generada con IA)
El Juzgado Nacional en lo Civil Nº 41 rechazó la demanda porque no se logró demostrar que la caldera o su reparación hubieran provocado la explosión. (Imagen generada con IA)

La diferencia resultó determinante para el juicio. Aunque la pericia aportó una explicación posible sobre cómo se produjo la explosión, no logró demostrar que la caldera tuviera un defecto ni que la reparación realizada meses antes hubiera provocado una falla.

Los testimonios incorporados al expediente también fueron valorados por el juez. Varios declarantes señalaron que el artefacto había quedado entero o sin daños relevantes después del episodio. Por su parte, un informe de bomberos confirmó la fecha del siniestro, pero no permitió establecer su causa.

Por qué la Justicia rechazó la demanda

El Juzgado Nacional en lo Civil Nº 41 analizó el reclamo bajo las normas de defensa del consumidor, que contemplan la responsabilidad de fabricantes y prestadores de servicios cuando un producto defectuoso o una tarea deficiente provoca daños.

Sin embargo, para que esa responsabilidad pudiera atribuirse a las empresas demandadas, era necesario acreditar una relación entre el producto o el servicio cuestionado y la explosión. En este caso, el juez consideró que esa conexión no había quedado demostrada.

La sentencia, por lo tanto, rechazó el pedido de indemnización por los daños sufridos en la vivienda. El magistrado también desestimó la solicitud de aplicar una sanción al propietario por haber iniciado el proceso y rechazó una objeción relacionada con su legitimación para reclamar.

Las costas principales del juicio quedaron a cargo del demandante, mientras que la regulación de los honorarios profesionales fue diferida hasta que el fallo quede firme.

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