El Tribunal Oral Federal de Resistencia fijó la multa derivada de su condena por lavado de activos y ordenó el decomiso de vehículos, camiones, dinero y bienes de alto valor.
El Tribunal Oral Federal de Resistencia dictó este viernes una nueva resolución en la causa contra el “piqutero VIP” Diego Armando Rolón y estableció que deberá afrontar una multa de $2.767.027.650 por las operaciones de lavado de activos por las que fue condenado. Además, la Justicia dispuso el decomiso de vehículos, camiones, dinero y distintos bienes que consideró producto o provecho del delito.
Rolón ya había recibido, mediante sentencia firme del 17 de diciembre de 2025, una pena de cinco años y seis meses de prisión como autor de lavado de activos agravado por habitualidad y por haber sido cometido de manera organizada. En el mismo expediente fueron condenados Silvana Alicia García y Lorenzo Rolón, ambos a tres años de prisión de ejecución condicional como partícipes secundarios.
Lo que resolvió ahora el juez Juan Manuel Iglesias fue poner números concretos a las multas y definir qué patrimonio quedará definitivamente en manos del Estado. Para Diego Rolón, la sanción económica equivale a tres veces el monto de las operaciones de lavado acreditadas. Para Lorenzo Rolón se fijó una multa de $30.515.554, mientras que García deberá pagar $5.040.000.
La Justicia habló de un fuerte desbalance patrimonial
Uno de los fundamentos centrales del fallo fue la diferencia que el Tribunal detectó entre los ingresos declarados por los condenados y el patrimonio acumulado durante el período investigado.
Según la resolución, Rolón, García y Lorenzo Rolón aparecían registrados como empleados municipales con ingresos que, en el mejor de los casos, no superaban los $571.459 mensuales, mientras la investigación encontró “inversiones millonarias en dólares”, vehículos de alta gama, camiones y mejoras edilicias calificadas como de lujo.
El Tribunal vinculó ese patrimonio con un esquema de lavado de dinero proveniente de fraudes sistemáticos contra la administración pública provincial a través del IAFEP. De acuerdo con la sentencia, el dinero era extraído en efectivo y posteriormente reintroducido al circuito formal mediante la compra de distintos activos.
Entre los bienes que serán decomisados aparecen una Toyota SW4, un Volkswagen Gol Trend, un Renault Sandero, un camión Ford F-350, un Mercedes Benz 1518 con volcador y una motocicleta Honda Wave. También quedará a disposición del Estado dinero existente en cuentas judiciales proveniente de secuestros y del remate de ganado realizado en el establecimiento San Antonio, de Puerto Vilelas.
iPhone, televisores y bienes de “alta gama”
El fallo también analiza con detalle los elementos encontrados durante los allanamientos. La Justicia marcó como llamativa la existencia de numerosos televisores, equipos de refrigeración y teléfonos celulares frente al nivel de ingresos declarado por el grupo familiar.
El Tribunal llegó a contabilizar 13 televisores entre dos domicilios y entendió que determinados equipos electrónicos excedían las necesidades básicas de una familia. Entre ellos incluyó dos iPhone 14, teléfonos Samsung de alta gama y televisores de 42, 43 y 50 pulgadas, que fueron considerados parte de un “estándar de consumo suntuario financiado con activos ilícitos”.
No todo será decomisado. La defensa había pedido que se devolvieran elementos de uso cotidiano y el juez hizo lugar parcialmente al planteo. Así, dispuso restituir camas, mesas, sillas, heladeras, freezers, cocinas, placares, ventiladores y otros electrodomésticos básicos, al considerar que quitar todo el equipamiento de las viviendas afectaría las condiciones mínimas de subsistencia de los menores que viven allí.
Deberán devolver una SW4 y un Gol Trend
La resolución también ordenó que el Ministerio de Seguridad de la Nación devuelva dentro de diez días la Toyota SW4 que tenía en depósito judicial, ya que el vehículo será decomisado definitivamente.
En el caso del Volkswagen Gol Trend que estaba en poder de García como depositaria judicial, el Tribunal rechazó el pedido para conservarlo y ordenó que sea entregado dentro de cinco días hábiles. Para la Justicia, la prueba ya había demostrado que no existían ingresos lícitos suficientes para justificar su adquisición y que el automóvil estaba vinculado con las maniobras de lavado.
También fue rechazado el pedido de una mujer que reclamaba como propio el Honda Wave secuestrado. El juez sostuvo que la documentación aportada no alcanzaba para acreditar jurídicamente su titularidad y consideró probado que la motocicleta estaba bajo el dominio efectivo de Rolón.











































