El titular del juzgado Nº 2 del fuero laboral, Ernesto Silvestri, hizo lugar a la medida cautelar impulsada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE Chaco) interpuesta en el Ministerio de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, a raíz del memorándum del 2 de enero que dejaba sin trabajo a todo el personal precarizado que prestaba servicio en dicha jurisdicción. Al promover dicha medida pedida por el sindicato, la justicia estableció que el personal precarizado no puede quedar cesante.

La decisión del juez Silvestri establece de esta manera que se “mantenga la situación de revista de las personas que prestaban funciones en el Ministerio como “personal contratado” vigente al 31 de diciembre de 2023, con asignación de idénticas tareas habituales que se desarrollaban hasta esa fecha y la consecuente contraprestación”.

La medida cautelar fue recepcionada entendiendo “la necesidad de proteger un derecho constitucionalmente protegido como es el de trabajar, independientemente de la modalidad o condiciones de la contratación”. Y la justicia dio lugar al pedido para “evitar la consumación de perjuicios irreparables”.

Entre los considerandos el juez tiene en cuenta “el estado de peligro inminente en que se encuentran los accionantes por la precariedad de su situación de revista (contratados), y la incidencia que eventualmente pudiera acarrear en la afectación de sus ingresos”.

Además, considera que la demora en el otorgamiento de la medida cautelar podría afectar la protección de los derechos de las y los trabajadores, sobre todo teniendo en cuenta “la acuciante situación económica actual y general del país”.