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Derivaciones al Italiano: pidieron multar con $100 millones diarios a directivos del InSSSeP por incumplir el fallo del STJ

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La presentación judicial apunta contra el presidente y vice de la obra social por no acatar la orden de garantizar derivaciones al Hospital Italiano de diez pacientes con patologías de alta complejidad. También se solicitó investigar un posible delito de desobediencia. El escrito presentado por el abogado Sebastián Ferreyra Negri advierte que este incumplimiento impacta directamente en pacientes en estado crítico, con riesgo cierto e inminente para su vida, y que incluso puede provocar retrocesos clínicos graves.

En un nuevo capítulo del conflicto judicial por la cobertura de tratamientos médicos, el abogado Sebastián Ferreyra Negri pidió al Superior Tribunal de Justicia que aplique multas millonarias a los directivos del InSSSeP por cada día de incumplimiento del fallo que ordena garantizar las derivaciones al Hospital Italiano de Buenos Aires.

La solicitud plantea la imposición de astreintes por un total de $100 millones por día, distribuidos en $50 millones diarios contra el presidente del organismo, Rafael Meneses, y otros $50 millones contra el vicepresidente, Fernando Alesso. La sanción regiría hasta que se cumpla de manera efectiva la sentencia.

Según el escrito, al que tuvo acceso LITIGIO, el plazo judicial para acatar la orden ya venció —este martes 31 de marzo a las 9 de la mañana— sin que exista ningún tipo de cumplimiento, lo que configura un “incumplimiento total, actual y manifiesto”.

El letrado sostiene que las explicaciones del InSSSeP, basadas en trámites administrativos, pedidos de presupuesto o gestiones internas, “resultan absolutamente ineficaces”. En esa línea, remarca que el fallo no ordenaba “gestionar”, sino cumplir de forma inmediata con la cobertura y continuidad de los tratamientos.

Pedido de sanciones 

Además de las multas, la presentación solicita que se remitan antecedentes a la Justicia penal para investigar un posible delito de desobediencia judicial, previsto en el artículo 239 del Código Penal.

El planteo advierte que el incumplimiento no es un hecho aislado, sino una conducta continuada en el tiempo, lo que —según argumenta— podría configurar una situación de flagrancia. Es decir, un delito que se estaría cometiendo de manera permanente mientras no se acate la orden judicial.

La sentencia del Superior Tribunal, del pasado 26 de marzo, había ordenado al InSSSeP garantizar la continuidad de tratamientos de alta complejidad en el Hospital Italiano para 10 niños, adolescentes y jóvenes adultos con discapacidad, priorizando el derecho a la salud y a la vida por sobre cuestiones administrativas o presupuestarias. Para el caso de G.N., le obliga a dar cobertura integral medica local y la derivación al Italiano cuando el paciente lo necesite.

El Tribunal fue tajante al señalar que los pacientes son “ajenos a las vicisitudes económicas” entre la obra social y el nosocomio y remarcó que los afiliados conservan el derecho a proseguir sus tratamientos con los equipos médicos que los asisten desde el inicio.

Sin embargo, Ferreyra Negri asegura que ninguno de los puntos centrales del fallo fue cumplido: no se garantizó la continuidad de los tratamientos, no se aseguró la cobertura integral ni se adoptaron medidas concretas para evitar su interrupción.

El escrito advierte que esta situación impacta directamente en pacientes en estado crítico, con riesgo cierto e inminente para su vida, y que incluso puede provocar retrocesos clínicos graves.

Los casos

Cabe recordar que, durante la feria judicial, la familia de once pacientes, entre niños, adolescentes y jóvenes adultos con patologías de alta complejidad recurrieron a la Justicia para obligar al InSSSeP a mantener sus respectivos tratamientos en el Hospital Italiano, los cuales se vieron suspendidos por falta de pago de la obra social chaqueña.

Entre los pacientes está M.V.P., de 6 años, que tiene una grave enfermedad intestinal que lo obligó a pasar por varias cirugías y a vivir con una parte muy reducida de su intestino. Además, sufre epilepsia severa, con crisis frecuentes que requirieron internaciones, infecciones reiteradas y problemas de coagulación. Necesita controles permanentes en un centro especializado.

También se encuentra I.A.A., de 4 años, con un trastorno neurológico que afecta su desarrollo desde muy pequeño. Tiene serias dificultades motrices, retraso madurativo y depende casi por completo de asistencia para las actividades diarias. Requiere atención continua de distintos especialistas.

En el caso de A.C., de 6 años, este año fue diagnosticada con una malformación en la base del cráneo que le provocó episodios de debilidad y parálisis facial. Debió ser operada de urgencia para evitar daños mayores. Además, tiene pérdida auditiva en ambos oídos y podría necesitar audífonos.

La situación de G.C., de 14 años, es una de las más delicadas. Padece síndrome de Angelman y sufre alrededor de 50 convulsiones por día. Tiene parálisis, escoliosis y un retraso madurativo severo. Se alimenta por sonda y cuenta con un estimulador para intentar controlar las crisis, pero continúa con episodios prolongados que ponen en riesgo su salud.

Por su parte, F.M., de 10 años, nació con una malformación en la columna que fue operada a las pocas horas de vida. Luego desarrolló hidrocefalia y necesitó la colocación de una válvula para drenar líquido del cerebro, que más tarde debió ser revisada.

El listado incluye a G.N., de 23 años, con síndrome de Williams y toxoplasmosis congénita. Actualmente enfrenta un agravamiento de la infección que afecta sus ojos y requiere tratamiento específico.

También está B.R., de 14 años, con una alteración genética que le provoca una epilepsia muy difícil de controlar y discapacidad intelectual severa. Aunque recientemente le colocaron un estimulador, aún sufre crisis que le provocan caídas y lesiones.

El caso de L.R., de apenas 5 meses, es especialmente delicado. Sufrió un ACV y convulsiones, y los estudios detectaron lesiones cerebrales, un problema congénito en la columna y una hidrocefalia grave. Fue operado y continúa con controles y tratamiento permanente.

En adultos, J.M.S., de 28 años, padece epilepsia severa desde la adolescencia, luego de una inflamación cerebral autoinmune. Actualmente tiene distintos tipos de crisis, algunas generalizadas y otras episodios que se repiten varias veces al mes.

Por último, F.S., de 21 años, tiene una enfermedad genética que lo predispone fuertemente al cáncer de colon. Fue operado para reducir ese riesgo, pero necesita controles endoscópicos cada seis meses porque siguen apareciendo pólipos. Además, tiene un solo riñón por un tumor que padeció en la infancia, lo que obliga a un seguimiento médico constante y especializado.

“Todos los aquí litigantes están sufriendo, lisa y llanamente, la paralización total del tratamiento médico de sus hijos”, señaló Ferreyra Negri en la acción de amparo. “No se trata de una demora administrativa ni de un trámite menor: hablamos de tratamientos de alta complejidad, imprescindibles para la salud y la calidad de vida de niños, niñas y adolescentes, todos de ellos con discapacidad y con Certificado Único de Discapacidad. Ellos sólo pueden ser atendidos en el nosocomio de alta complejidad de la Ciudad de Buenos Aires: el Hospital Italiano”, remarcó.

 

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