La Cámara Federal de Resistencia confirmó el sobreseimiento de Roberto Nardelli por violar la cautelar que prohibía los desmontes. No obstante, consideró que se debía continuar la investigación por el delito de estrago rural y remitió la causa a la justicia provincial, tras declarar la incompetencia del fuero federal.
Antes de la feria judicial de invierno, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia brindó una señal sobre lo que podría resolver en la polémica causa por la “Mafia del Desmonte” en la que el Juzgado Federal de Resistencia Nº 1 se declaró incompetente cuya denuncia involucra a exfuncionarios provinciales, intendentes y legisladores. Es en una causa derivada en la que se había imputado al presidente de la Cámara de Exportadores de Carbón Vegetal, Roberto Nardelli, por supuesta desobediencia judicial a la medida cautelar que había suspendido los desmontes en la provincia del Chaco.
En una resolución firmada el 18 de julio, a la que tuvo acceso LITIGIO, la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento de Nardelli dictado por la jueza federal Zunilda Niremperger respecto del delito de desobediencia judicial. En ese sentido, el tribunal integrado por las juezas Rocío Alcalá y Patricia García coincidió en que no se configuró el delito de desobediencia, ya que las circulares emitidas por la Dirección de Bosques del Chaco —en las que se basaba la imputación— estaban dirigidas a productores forestales en general y no a Nardelli en particular.
Además, destacó que el imputado no era depositario judicial de la maquinaria incautada, por lo que no podía ser sancionado por su retiro. No obstante, enfatizó que estos hechos podrían encuadrar en el delito de estrago rural, dado que se verificó un cambio de cobertura boscosa en 40 hectáreas del predio vinculado a Nardelli. Es en ese contexto que la resolución de la Cámara ordenó que la investigación continúe por el delito de estrago rural, considerado de mayor gravedad, aunque declaró la incompetencia de la justicia federal. Es decir, la causa por el desmonte presuntamente ilegal de 40 hectáreas en la zona rural de Tres Isletas deberá ser investigado por la justicia provincial.
En cuanto a la competencia, el fallo confirmó que la Justicia Federal no debe intervenir en la investigación por estrago rural, ya que no se acreditó que el daño ambiental excediera los límites provinciales. La decisión destacó que, según la Corte Suprema, los casos ambientales solo son federales cuando afectan recursos interjurisdiccionales, lo que no quedó demostrado en este caso. Esto podría anticipar la postura que adoptará el tribunal cuando deba analizar la apelación del Ministerio Público Fiscal y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas contra la declaración de incompetencia federal en la causa conocida como “la Mafia del Desmonte”.
Revista Litigio
