Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas Lácteas (APYMEL) cuestionaron una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que entrará en vigencia desde el 1° de abril y obliga a las empresas alimenticias a ser agentes de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Afirman que les ocasionará inconvenientes financieros y encarecerá el precio de los alimentos para los consumidores, en medio de la escalada inflacionaria.
Se trata de la Resolución General 5329/2023, que tiene el objetivo de ejercer un monitoreo fiscal más exhaustivo y declara agentes de percepción del IVA a las pymes que venden alimentos para consumo humano.
En este marco, desde CAME y Apymel le hicieron llegar al titular de la AFIP, Carlos Castagneto, su preocupación por los inconvenientes que generaría la norma en materia de tareas de facturación y en términos financieros. Además pidieron modificaciones para que su aplicación resulte viable.
Desde Apymel advirtieron que para una pequeña empresa “el perjuicio económico es muy grande”, ya que están obligadas a percibir a sus clientes una suma extra de impuesto (3%) e ingresar dicho monto en un plazo de 10 días finalizado el periodo, siendo que la cobranza de esas ventas por lo general ronda en un plazo de entre 45 y 60 días de la fecha de facturación.
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“Financieramente, es insostenible para una Pyme soportar esta obligación, sumado a la carga administrativa que implica adecuar el sistema de facturación vigente para poder cumplimentar con la normativa establecida por la AFIP. La resolución obliga a que la empresa anticipe impuestos con fondos propios hasta tanto el cliente emita el pago, debiendo la industria abonar intereses a la AFIP si se pagara en la fecha en que el cliente abona la factura”, remarcaron desde el sector lácteo, y advirtieron que esa obligación sería trasladada a los precios de los alimentos, generando mayor presión inflacionaria.
Mientras tanto, desde CAME detallaron que para una correcta aplicación de la norma es necesario adecuar los sistemas de facturación a las nuevas obligaciones fiscales que se disponen.
“Esta situación nos obliga a solicitar una prórroga de 90 días, ya que en la mayoría de los casos no llegarán a estar correctamente modificadas antes del primer día del mes siguiente. Asimismo, solicitamos tenga a bien considerar la modificación del Artículo 11, llevando a $6000 el monto a partir del cual se aplicaría la percepción. El actual, de $60, incluye, en algunos casos, a la totalidad de los movimientos comerciales, lo que resulta engorroso y hace impracticable cumplir con la normativa citada”, afirmaron desde CAME.