El oficialismo aspira a que las modiificaciones realizadas en Diputados puedan tratarse antes de fin de mes en la Cámara Alta.
La Cámara de Diputados resolvió introducir cambios al proyecto de reforma laboral que había recibido media sanción en el Senado la semana anterior, por lo que la iniciativa deberá regresar a la Cámara alta para completar su trámite legislativo y quedar definitivamente aprobada. La modificación central fue la supresión del artículo 44, que regulaba el régimen de licencias por enfermedad y que se había convertido en uno de los ejes más controvertidos del debate parlamentario.
Ese apartado establecía que, en determinadas circunstancias, los trabajadores que atravesaran una enfermedad o padecieran un accidente ajeno al ámbito laboral percibirían solo el 50 por ciento de su salario. La redacción original generó fuertes cuestionamientos tanto desde sectores sindicales como desde bloques opositores, ya que no diferenciaba adecuadamente entre situaciones leves y cuadros de mayor gravedad.
Entre las críticas más reiteradas se mencionó que no contemplaba de manera específica enfermedades graves, como puede ser un cáncer, cuyos tratamientos y eventuales intervenciones quirúrgicas suelen demandar períodos de licencia considerablemente más extensos.
La reforma laboral vuelve al Senado
Frente a ese escenario y con el objetivo de asegurar los votos necesarios para avanzar en la Cámara baja, el oficialismo optó por retirar el artículo en cuestión. La estrategia resultó efectiva: el proyecto obtuvo 135 votos afirmativos en una sesión que se extendió hasta la madrugada del viernes. Sin embargo, al haber sido modificado respecto de la versión que había aprobado el Senado, el texto deberá volver a esa Cámara para su revisión final, ya que el procedimiento constitucional exige que ambas cámaras sancionen exactamente la misma redacción.
De acuerdo con lo que trascendió a la Agencia Noticias Argentinas, la intención del oficialismo es acelerar los tiempos parlamentarios, avanzar con el dictamen correspondiente y convocar nuevamente al recinto el 27 de febrero, con la expectativa de cerrar el trámite legislativo sin introducir nuevos cambios que demoren la sanción definitiva.
Qué decía el artículo 44
En cuanto al contenido eliminado, el artículo 44 de la versión aprobada en el Senado disponía que, «en caso de sufrir un accidente o una enfermedad que no sea consecuencia de la prestación de tareas derivadas del contrato de trabajo, y que impida esa prestación, el trabajador tendrá derecho a percibir el 50% de su remuneración».
Asimismo, señalaba que se abonaría ese porcentaje del salario cuando la «imposibilidad de trabajar fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud durante tres meses o de 6 meses si tuviera familiar a cargo».
El texto también contemplaba una escala diferente para ciertos supuestos. Indicaba que el haber se elevaría al 75% cuando la enfermedad o el accidente respondiera a un hecho imprevisto, como un accidente domiciliario o una neumonía, y que esa cobertura se extendería por un período de seis meses. En otro tramo, precisaba que la reaparición de enfermedades crónicas no sería considerada una patología distinta, salvo que se manifestara una vez transcurridos los dos (2) años.








































