Una jueza dictó una medida precautelar y ordenó al Gobierno de la Ciudad ofrecer un sistema alternativo tras la negativa de un empleado a entregar sus datos biométricos.
La Justicia porteña suspendió el reconocimiento facial en un edificio público de Buenos Aires. La medida fue dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 6, luego de que un empleado se negara a ceder sus datos biométricos. La jueza Patricia López Vergara ordenó restablecer un sistema alternativo mientras analiza la legalidad del método.

Una decisión con impacto en el Gobierno porteño
El caso comenzó con un amparo presentado por el abogado Jonatan Baldiviezo, integrante del Observatorio del Derecho a la Ciudad. En su presentación, pidió que se declarara ilegal el uso del reconocimiento facial para controlar la asistencia en el Palacio Lezama, sede del Ministerio de Hacienda.
El reclamo se originó en septiembre, cuando el Gobierno porteño reemplazó el registro por huella digital por un sistema de reconocimiento facial. El trabajador afectado explicó que, hasta ese momento, podía ingresar con su número de DNI o con su huella, ya que el lector presentaba fallas.
Sin embargo, denunció que el 30 de septiembre el sistema de huella digital fue dado de baja. A partir de ese día, el único método disponible fue el reconocimiento facial, y por esa razón se le marcó una ausencia injustificada a pesar de haber asistido.

Desde el Observatorio sostuvieron que la medida fue “ilegal y arbitraria”. Argumentaron que el nuevo sistema viola la Ley de Protección de Datos Personales, ya que los datos biométricos son considerados “sensibles”. También señalaron que no existió un consentimiento libre, porque la negativa podía implicar sanciones o despido.
Los fundamentos del fallo judicial
En su resolución, la jueza López Vergara ordenó al Gobierno porteño que restablezca el sistema de registro por huella dactilar. También autorizó al trabajador a registrar su asistencia mediante su número de DNI hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Además, intimó al Ejecutivo porteño a informar en un plazo de diez días si el sistema cuenta con una evaluación de impacto en la protección de datos. Exigió también que detalle si la base de datos fue registrada ante la Defensoría del Pueblo y cuáles son las razones de “interés general” que justificarían el uso de información sensible.
La jueza advirtió que el incumplimiento de esta medida implicará una multa diaria de 10.000 pesos al Director General de Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda.

Baldiviezo celebró la decisión y la calificó como “un precedente clave para la protección de los datos personales y la dignidad de los trabajadores”. Según el abogado, el fallo abre el debate sobre los límites del uso de tecnología biométrica en el ámbito público.
Implicancias para el futuro
La resolución de la Justicia porteña podría extenderse a otros edificios públicos de la Ciudad. Si se confirma la inconstitucionalidad del sistema, el Gobierno de Javier Milei deberá revisar toda su política de control biométrico.
Mientras tanto, la jueza continúa analizando la medida de fondo. El caso podría escalar a instancias superiores si el Ejecutivo apela la decisión.

El debate sobre el reconocimiento facial en el sector público promete continuar, con foco en el equilibrio entre la seguridad y el derecho a la privacidad.

