La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó las prisiones preventivas del contador, Walter Pasko y el asesor de cooperativas de trabajo, Adrián Ayala. Fue en el marco de la causa por asociación ilícita fiscal y lavado de activos mediante la utilización de facturas apócrifas. Los registros de las cámaras de seguridad en el departamento de Ayala, donde se lo ve contando fajos de dinero en efectivo, fue determinante para ratificar las detenciones.
El contador, Walter Pasko y el asesor de cooperativas de trabajo, Adrián Ayala, continuarán detenidos. Así lo dispuso el viernes la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia al rechazar sendos recursos presentados por las defensas de los imputados, en el marco de la causa investigada por asociación ilícita fiscal y lavado de activos mediante una usina de facturas truchas.
La medida judicial ratificada por las juezas camaristas, Rocío Alcalá y Patricia García, proviene de una resolución dictada el 23 de abril de 2025 por el Juzgado Federal 1 de Resistencia. En aquella ocasión, la jueza, Zunilda Niremperger, había hecho lugar a un pedido del fiscal, Patricio Sabadini, basado en la incorporación de nuevas pruebas que, a su criterio, confirmaban el accionar de la asociación ilícita fiscal y el lavado de activos investigados, presuntamente liderados por Walter Pasko y Adrián Ayala. Según la acusación, los imputados habrían manipulado grandes sumas de dinero, ocultado bienes y realizado viajes al exterior con posible traslado de fondos.
En una etapa anterior del proceso, en abril de 2024, un pedido de detención respecto a Pasko y Ayala había sido denegado, postura que la Cámara confirmó en mayo de 2024. En ese momento, se consideró que los riesgos procesales, principalmente el de fuga, estaban solo parcialmente configurados y podían ser neutralizados con medidas alternativas como la prohibición de salida del país, embargos y bloqueos de cuentas bancarias. Esta decisión se mantuvo al dictar el procesamiento sin prisión preventiva.
Sin embargo, el panorama cambió con la incorporación de un informe pericial el 21 de abril pasado. Fue tras el análisis de cámaras de vigilancia ubicadas en el departamento de Ayala. Si bien las grabaciones datan de 2023, la información fue extraída a partir de un allanamiento realizado el 22 de diciembre de 2023 y la pericia se completó y valoró recientemente, el 7 de abril pasado. Este informe pericial, realizado por Gendarmería Nacional, fue citado como elemento clave.
Conteo de dinero
Según el análisis pericial, las imágenes muestran a Ayala manipulando importantes cantidades de dinero en efectivo, incluyendo pesos argentinos y dólares estadounidenses, en presencia de otras personas también procesadas en la causa, inclusive junto a menores de edad quienes participaban en el conteo del dinero.
Para la jueza Niremperger, esto permite inferir que Ayala dispone de recursos económicos líquidos no declarados ni alcanzados por las medidas patrimoniales ya dispuestas, lo cual facilita su posible sustracción a la justicia e incrementa considerablemente el riesgo de fuga, criterio que ahora comparte la Cámara de Apelaciones.
Se consideró que esto revela una voluntad activa de ocultar activos de origen presumiblemente ilícito. Las juezas camaristas reseñaron eventos como la preparación de cinco valijas presumiblemente con dinero, seguidas de una ausencia del domicilio y un cruce migratorio corroborado por informe oficial, coincidiendo temporalmente con las grabaciones.
Además, se mencionaron otras salidas del país por breves lapsos, realizadas en vehículos particulares, lo que sugiere una capacidad de movilización transfronteriza de personas y activos económicos, interpretado como un comportamiento deliberado y planificado ajeno a fines turísticos.
En cuanto a Walter Pasko, la Cámara extendió el análisis de peligrosidad procesal, a pesar de que no aparece en las grabaciones. Se argumentó que el material audiovisual, al demostrar el manejo físico de grandes sumas de dinero, corrobora la hipótesis de que la estructura no se limitaba a operaciones contables simuladas, sino que implicaba acciones materiales de ocultamiento y lavado de activos a gran escala.
La decisión se fundamenta en la prueba documental previa que ya acreditaba el rol de Pasko como administrador de múltiples sociedades usadas para facturación apócrifa, su participación en el uso fraudulento de CUITs, la emisión de facturas desde su entorno digital, su señalamiento como contador responsable por víctimas, y sus vínculos estrechos y operativos con Ayala, incluyendo la adquisición de sociedades para ocultar bienes.
La Cámara sostuvo que el video fortalece significativamente la imputación contra Pasko al evidenciar una organización sofisticada y estructurada, cuyos líderes no necesariamente se involucran directamente en todos los actos materiales. Adicionalmente, el riesgo de entorpecimiento de la investigación se considera elevado, dado el rol técnico y de liderazgo de Pasko y su capacidad para alterar u ocultar prueba.
El tribunal de apelaciones concluyó que la valoración conjunta de todos los elementos acreditados en la causa principal permite tener por acreditados los peligros procesales que legitiman la prisión preventiva, considerándola una medida proporcional.
Se recordó el procesamiento firme de Pasko y Ayala como jefes y de otros, incluyendo Álvaro Iván Pasko, como integrantes de la asociación ilícita fiscal y lavado de activos. La Cámara también señaló que la causa está próxima a una nueva etapa procesal, lo cual, sumado a la numerosa prueba incriminante y la elevada pena en expectativa (de cumplimiento efectivo) asociada a los delitos imputados, incrementa de manera superlativa el riesgo de fuga, más aún cuando los encausados contarían con dinero por fuera del circuito legal.
Respecto al secuestro del vehículo Toyota Etios perteneciente a Álvaro Iván Pasko, la Cámara confirmó la decisión de primera instancia. Se consideró que la medida cautelar se ajusta a las pruebas existentes y al estado de la causa en relación al titular del bien.
Existen indicios de que el vehículo podría haber sido adquirido con fondos presuntamente provenientes de maniobras de lavado de activos, lo que lo convierte en un bien pasible de decomiso. Se recordó que Álvaro Iván Pasko está procesado en la causa como integrante de la asociación ilícita fiscal.
Ausencia de riesgo
Las defensas habían argumentado contra las medidas. La abogada, Mariela Torres (por Walter Pasko) aseguró que las pruebas se dirigían a Ayala y que su defendido no había salido del país. Pablo Vianello, en representación de Ayala, cuestionó la falta de motivación de la prisión preventiva, alegando la ausencia de riesgo procesal concreto, la desproporcionalidad de la medida considerando su procesamiento previo sin detención, y la falta de lógica al usar un video anterior al primer allanamiento. Mencionó además la posibilidad de extinción de la acción penal por acogimiento a un blanqueo y el arraigo de su defendido.
La Defensa Pública Oficial (por Álvaro Iván Pasko) alegó que no había indicios de que el vehículo proviniera de lavado de activos y que era producto de la actividad laboral de su defendido.
La Cámara rechazó estos agravios, considerando, por ejemplo, que el valor probatorio del video de Ayala reside en el análisis pericial reciente, no en la fecha de la grabación original, y que no se admiten disidencias sin base científica o técnica.
Respecto a Walter Pasko, se sostuvo que la prueba documental previa y su rol de liderazgo justifican la medida. Sobre el vehículo, se validó la medida en función de los indicios de origen ilícito y la normativa específica para delitos de lavado.
En consecuencia, el tribunal resolvió no hacer lugar a los recursos de apelación presentados, confirmando íntegramente la prisión preventiva de Walter Pasko y Adrián Ayala y el secuestro del vehículo de Álvaro Pasko.
litigio
