La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó una medida cautelar que ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) a proporcionar una prótesis total de cadera derecha no cementada de origen importado a una afiliada de 72 años.
La sentencia, dictada el viernes 16 de mayo, lleva las firmas de las juezas Rocío Alcalá y Patricia García. La decisión judicial destaca la importancia de garantizar el derecho a la salud y la dignidad de las personas, especialmente en casos de urgencia médica.
El caso
La beneficiaria sufre de coxartrosis (artrosis grave de cadera) y requiere una prótesis específica indicada por sus médicos tratantes. PAMI rechazó inicialmente la solicitud, argumentando que, por el rango etario de la afiliada, correspondía utilizar un insumo nacional certificado por ANMAT en lugar del modelo importado prescripto.
Frente a esta negativa, la afiliada inició una acción de amparo, obteniendo en primera instancia una medida cautelar que ordenaba a PAMI proveer la prótesis solicitada. El Instituto apeló la decisión, sosteniendo que había ofrecido una alternativa nacional y que no existía justificación médica suficiente para el insumo importado.
“Lo alegado por PAMI […] no resulta suficiente para justificar la vulneración del derecho de la requirente a contar con el insumo importado prescripto por su médico tratante, ante el delicado cuadro de salud que padece”, sostiene el fallo de la Cámara en sus fundamentos.
Además, el tribunal observó que “la recurrente tampoco indica de manera precisa ni ha demostrado el perjuicio concreto que la decisión impugnada podría causarle”.
Por último, el fallo señala que “admitir la pretensión de la actora en este aspecto no ocasiona un grave perjuicio a la demandada, pero evita, en cambio, un grave perjuicio a la salud de la amparista”.
LITIGIO