Connect with us

Hi, what are you looking for?

Mundo

Llegó a la Corte IDH un caso por vulneración de derechos a un pueblo indígena de Nicaragua

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso Nº 13.660 de Nicaragua el 27 diciembre de 2024 por la vulneración de derechos al pueblo indígena de Muy Muy y su comunidad de Uluse.

El pueblo indígena Muy Muy (PIMM), en Matagalpa, con 12 mil habitantes dedicados a la ganadería, agricultura y producción de lácteos, es tradicionalmente gobernado por su Junta Directiva, el Consejo de Ancianos y el alcalde de Vara, quienes velan por el bienestar comunitario.

Sin embargo, desde 2003, las autoridades municipales han impuesto dirigentes locales, negando al pueblo su derecho a elegir sus representantes. Esto ha generado conflictos sobre el uso de tierras, así como títulos comunales duplicados, y un aumento de la violencia, con hechos graves como el asesinato de Bayardo Alvarado Gómez, ataques contra Dionisio López, Adolfo Maradiaga Rodríguez, y contra el secretario general del PIMM. Además, se han reportado la quema de ranchos, construcciones ilegales, y restricciones de acceso al agua.

En el Informe de Admisibilidad y Fondo No. 89/24 la CIDH concluyó que el PIMM ha sido impedido de elegir a sus autoridades tradicionales debido a la imposición de autoridades municipales y la creación de órganos paralelos, lo que ha generado conflictos territoriales. Además, el Estado no garantizó un proceso adecuado de consulta antes de otorgar títulos de propiedad de las tierras indígenas a terceros, violando los derechos a la autodeterminación, propiedad y consulta previa, lo que ha causado la imposibilidad de disfrutar pacíficamente sus recursos naturales y medios de subsistencia e incrementado la violencia.

Asimismo, la CIDH señaló que el Estado no garantizó recursos judiciales efectivos para proteger los derechos del PIMM, lo que afectó desproporcionadamente su acceso a tierras y recursos naturales. La Comisión también responsabilizó al Estado por la falta de prevención del asesinato de Bayardo Alvarado Gómez en 2013 y por no realizar una investigación adecuada para identificar y sancionar a los responsables.

La CIDH concluyó que el Estado de Nicaragua violó varios derechos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) en relación con los artículos 1.1 y 2, incluyendo los derechos políticos (art. 23), la propiedad privada (art. 21), la libertad de pensamiento y expresión (art. 13), y el derecho a la vida digna, a la integridad personal y al desarrollo progresivo (art. 4, 5 y 26). Además, se vulneraron derechos relacionados con la autodeterminación, la consulta previa sobre tierras, y la falta de garantías judiciales (art. 8.1, 24, 25.1), así como la no prevención del asesinato de Bayardo Alvarado Gómez (art. 4, 8.1, 25.1).

En consecuencia, la Comisión solicita a la Corte Interamericana que establezca las siguientes medidas de reparación:

1- Delimitar, demarcar y otorgar un título colectivo registrable de propiedad de tierras y territorios al pueblo indígena de Muy Muy, asegurando pleno dominio.

2- Realizar una investigación exhaustiva sobre los actos de violencia, identificar a los responsables y sancionarlos conforme a estándares internacionales que incluya la investigación de la muerte de Bayardo Alvarado Gómez.

3- Reparar de manera individual y colectiva los daños causados por la imposición de autoridades, invasión de tierras y violencia.

4- Adoptar medidas para evitar futuros abusos, tales como:

a- Respetar la libre elección de autoridades y formas de organización de los pueblos indígenas.

b- Asegurar el acceso a la justicia para los pueblos indígenas, respetando los derechos humanos y garantizando plazos razonables.

c- Proveer recursos accesibles para proteger los derechos de pueblos indígenas en riesgo.

d- Crear mecanismos eficaces para la titulación y protección de territorios ancestrales.

e- Garantizar la consulta previa con participación del PIMM, conforme al Convenio 169.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

TE LO PERDISTE MIRA

CORRUPCION

En Enero gastó más 321 millones de pesos. Julio Wajcman se llevó él solito más de 29 millones de pesos en enero de este...

NOTICIAS

La chiquita fue atrapada por los vecinos que estaban en la vereda. El fuego se desató durante la madrugada y 20 personas debieron ser...

Politica

La cueva funcionaba en la planta baja del hotel Sheraton de Pilar. Aunque estaba casi desmantelada, había dos empleados e ingresaron clientes en pleno...

Politica

La ex presidente publicó un nuevo mensaje contra del mandatario tras su discurso en el Foro de Davos. Remarcó que sus ideas chocan con...