El pasado 23 de julio, el Banco Central (BCRA) informó que el directorio de la entidad decidió la flexibilización en los plazos de pago de importaciones.
Respecto de los bienes suntuarios y los autos terminados acortó el plazo de pago de los 120 días del registro aduanero: a partir del 1° de agosto, estos bienes tendrán un plazo de acceso al dólar oficial que se vende en el Mercado Unico y Libre de Cambios (MULC) a partir de los 90 días.
Para el resto de las mercaderías, que hoy se pagan con un esquema de cuatro cuotas por un monto equivalente al 25% del valor a contar desde los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero, se decidió que, a partir de la fecha señalada anteriormente, estos bienes tendrán acceso al MULC para pagarse en dos cuotas. Una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una.
Si bien el BCRA anunció que esta medida tiene un efecto positivo sobre la reactivación de la economía por la reducción de la carga financiera, lo cierto es que la medida tiene un importante efecto en la recaudación fiscal, en particular en el impuesto PAIS.
En esta línea, en virtud de lo establecido por la Dirección Nacional de Impuestos en el dictamen del 6/12/2023, el impuesto PAIS está vigente hasta el 24/12/2024.
Ahora bien, la principal fuente de recaudación del impuesto PAIS -que por el primer semestre aportó $ 3.593.407,3 millones (equivalentes al 6,4% del total de recursos tributarios)- está apoyada en los casos de compra de moneda extranjera para pagar importaciones de bienes y, fundamentalmente, en el pago a cuenta que hace el importador adelantando el ingreso del impuesto al momento de la oficialización de la destinación de importación, junto con los derechos, tasas y demás tributos que graven la importación y no al momento del pago de la deuda al proveedor del exterior.
Este adelanto, que fue previsto originalmente en el Decreto 377/2023 y reglamentado por la Resolución General 5393 de AFIP, fue mantenido por la gestión actual con una agravante sustancial: el impuesto se elevó del 7,5% al 17,5%.
¿Por qué el acortamiento de los plazos del BCRA tiene como objetivo mantener la recaudación del impuesto PAIS? Hagamos el siguiente ejercicio.
Si el plazo de pago de los automóviles siguiera en 120 días desde el registro aduanero, y se registrara una operación el 1º de setiembre, el plazo para pagar recién estaría autorizado el 31 de diciembre de este año. Pero el 31 de diciembre el impuesto PAIS ya no estaría vigente, dado que el hecho imponible del impuesto es la compra de moneda extranjera para pagar importaciones de bienes en general, y no el registro aduanero (que es solo un adelanto).
En esa línea, claramente AFIP tiene la necesidad de que se acorten los plazos de pago. Caso contrario el importador argumentaría que el adelanto es a cuenta de un hecho imponible que no se configurará nunca (porque la compra de moneda extranjera sería posterior al 24/12/2024, fecha límite de vigencia del impuesto).
Vale tener en cuenta que de cada $3 que se recaudan por impuesto PAIS, $2 responden a este adelanto al momento del registro aduanero.
Para finalizar: no estoy en contra de la medida del adelantamiento del pago del impuesto PAIS al momento del registro aduanero. En mi gestión al frente de la Aduana, se diseñó e implementó la medida. Pero vale una aclaración: El equipo económico debe elegir entre perder dólares o recaudación.