De acuerdo al Ministerio Público Fiscal (MPF), la Sala II de dicha Cámara, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Angela Ledesma, rechazó los planteos de las defensas de los siete condenados, por lo que quedó firme la sentencia de primera instancia.
A su vez, en línea con lo planteado a Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) NOA y la Dirección General de Recupero de Activos y Decomiso de Bienes, los magistrados revocaron la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) 1 de Salta que había rechazado el decomiso de un tractor y siete topadoras valuados en 1.750.000 dólares y que estaban secuestrados en la causa.
Condena a Delfín Castedo
El 7 de diciembre de 2022, el tribunal salteño de primera instancia, conformado por los jueces Federico Santiago Díaz y Mario Juárez y la jueza Marta Snopek, condenó a Delfín Castedo a 16 años de prisión por considerarlo jefe de una asociación ilícita dedicada al narcotráfico y al lavado de activos provenientes de dicha actividad.
Además, fue condenado como partícipe necesario del delito de «falsificación material de documento público» y coautor de «falsedad ideológica de documento público agravada por tratarse de un documento destinado a acreditar la habilitación para circular de vehículos».
Su hermano, Raúl Amadeo Castedo, y el martillero público Eduardo Torino, fueron condenados a nueve años de prisión como miembros de una asociación ilícita, mientras que, por el mismo delito, le impusieron una pena de 7 años a los comerciantes Alberto y Luis Yudi.
En tanto, la ex mujer del líder del clan, Melba del Carmen Araujo, recibió 5 años de prisión, al tiempo que Mario Alberto Yudi -hijo de Alberto- fue condenado a tres años de prisión por lavado de activos, pero resultó absuelto por el beneficio de la duda respecto a la imputación como miembro de la organización.
Además, a los condenados se le fijaron multas de entre 90.000 y 1.200.000 pesos.
La investigación fue impulsada por los fiscales Diego Iglesias, titular de la Procunar, y Eduardo Villalba, a cargo de la unidad del NOA de esa oficina especializada, tras la captura de Delfín Castedo en 2016.
El juicio
El caso llegó a juicio el 3 de noviembre de 2021, con la intervención del fiscal general Carlos Amad, y el proceso se extendió por más de un año, durante el cual los Castedo siguieron las audiencias de manera remota, a través de videoconferencia, desde el penal de Ezeiza, donde permanecen alojados.
Tras las condenas, las defensas recurrieron a la Cámara Federal de Casación y sostuvieron que el tribunal realizó una errónea aplicación de la ley y una valoración arbitraria de la prueba, y consideraron que durante el debate hubo cercenamiento del ejercicio de la defensa y que la fiscalía realizó una acusación sorpresiva.
Los camaristas analizaron en su fallo la resolución tomada por el TOF1 y recordaron que quedó acreditado que «los encartados liderados por Delfín Castedo, al menos desde 2000 en adelante -e incluso una vez producidas las detenciones de los hermanos Castedo, en 2016-, integraron una asociación ilícita destinada fundamentalmente al tráfico de estupefacientes -relacionada también al mercado europeo- conformando una organización criminal».
Luego, marcaron la participación del fallecido exdiputado provincial Ernesto Aparicio, quien era el propietario de la finca «El Pajeal».
En el fallo quedó plasmado que «Delfín Castedo lideró una empresa criminal de tamaña envergadura que contrabandeaba droga principalmente desde Bolivia hacia nuestro país mediante un paso internacional privado y sin control ni restricciones, del que se valió a través del dominio territorial de la finca El Pajeal, y que intentó extender sobre la finca El Aybal, ejerciendo un señorío absoluto sobre la frontera que ocupaba la finca, punto neurálgico de sus negocios».
En ese sentido, Casación marcó que se encontraba debidamente probada «la pertenencia a una estructura organizativa de un grupo de personas que, bajo el liderazgo de Delfín Castedo, obraron de común acuerdo, con objetivos comunes y división del trabajo, ejecutando de manera permanente a través del tiempo planes delictivos vinculados a actividades de contrabando y narcotráfico».
Asimismo, sostuvo que el eje de la organización se encontraba abocado a lograr el dominio sobre la frontera argentino-boliviana, «a cuyos fines devino central la ubicación estratégica de las fincas El Pajeal y El Aybal».
«También, fue suficientemente demostrada la acumulación por parte de Delfín Castedo de dinero y bienes derivados de las operaciones de narcotráfico y contrabando que desplegaba y los esfuerzos dirigidos a administrar, aplicar y convertir las ganancias de origen ilícito en bienes registrables y no registrables, valiéndose de la pantalla que le confería la actividad económica rural que posibilitaba la explotación de la finca El Pajeal», señalaron los jueces.
Los camaristas concluyeron que «esta cadena de argumentación encuentra sustento en prueba idónea para sostener la responsabilidad penal de los acusados en los términos de la sentencia».