La Comisión Nacional de Valores (CNV) flexibilizó este miércoles algunas restricciones para operar instrumentos financieros, entre los que se destacan la unificación del parking obligatorio a 24 horas para la operación de cualquier activo y la eliminación del límite para la venta semanal de bonos soberanos (AL y GD) con liquidación en dólares.
A través de la Resolución General (RG) 988, la CNV también retrotrajo la prohibición de aplicar los dólares obtenidos por la venta de bonos soberanos en otros instrumentos por 30 días.
Asimismo, suspendió la obligación que tenían las Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) de presentar una declaración jurada semanal con todas las operaciones concertadas en mercados del exterior.
En la práctica, las medidas implican una relajación de algunas restricciones que estaban vigentes para realizar operaciones financieras, principalmente en lo que hace a las transacciones con bonos que permiten hacerse de los dólares contado con liquidación (CCL) y MEP.
A partir de la medida, el parking mínimo obligatorio entre la compra de un activo en pesos y su posterior venta contra dólares será de 24 horas en todos los casos.
Hasta la fecha, había operaciones que requerían hasta cinco días de parking, que en la jerga financiera es la inmovilización de los activos durante un determinado lapso.
También se eliminó el límite de 100 mil valores nominales semanales en la venta de bonos soberanos (AL y GD), con lo que ya no existirá tope para esas operatorias.
Fuentes de la CNV precisaron que la decisión anunciada hoy está en línea con la RG984 del 30 de noviembre pasado y continúa «con la flexibilización de medidas extraordinarias y transitorias que se habían tomado en momentos de mayor tensión cambiaria».
Según los voceros, «se aplican modificaciones que estaban contenidas en diferentes Resoluciones Generales transitorias y que llevan la regulación al momento previo de las tensiones cambiarias que justificaron su aplicación».
Las principales novedades anunciadas por la CNV son:
-La unificación de los plazos de permanencia vigente (parking) para todos los activos, que quedarán fijados en un día hábil entre la compra en pesos y la venta en dólares.
-La anulación de la prohibición de vender bonos soberanos (AL y GD) con liquidación en dólares por más de 100 mil valores nominales semanales.
-La eliminación de la prohibición de aplicar los dólares obtenidos por la venta de bonos soberanos en otros instrumentos por 30 días.
-La anulación de la obligación que tenían las ALyCs de presentar una declaración jurada semanal con todas las operaciones concertadas en mercados del exterior.